15 de noviembre de 2019. Quito, Ecuador – La sentencia histórica de la comunidad Sinangoe, perteneciente a la nacionalidad A’i Cofán, fue selecionada por la Corte Constitucional del Ecuador para desarrollar jurisprudencia nacional ante la vulneración sistemática del derecho a la consulta previa. Los jueces Carmen Corral Ponce, Alí Lozada Prado y Hernán Salgado Pesantes, jueces de la Corte Constitucional del Ecuador, eligieron el caso No. 273-19-J, debido a su gravedad y relevancia o trascendencia nacional. Entre otras cosas, el documento emitido por la CC señala que:
“El asunto presenta gravedad porque la actividad minera, de no ser adecuadamente consultada, informada, planificada y ejecutada, podría provocar afectaciones a los territorios ancestrales, debido a que induciría a un cambio radical en sus formas de vida y amenazaría con causar daño a la naturaleza, al agua, al medio ambiente, a la cultura, al territorio y a la salud”.
Alex Lucitante, vocero de la comunidad, manifiesta que el fallo de la CC es relevante porque permite que los todos los Pueblos Indígenas del Ecuador tengan una “herramienta muy importante para defensa de su territorio en temas mineros”. A decir del lider, cuando la jurisprudencia se desarrolle, la misma obligará al Estado ecuatoriano a desarrollar protocolos culturalmente adecuados para la consulta previa, libre e informada y, en consecuencia, para garantizar los derechos de los Pueblos Indígenas. Asimismo, agrega:
“Esto es un motivo de aplaudir y estar felices de este gran logro, en seguimiento a nuestra victoria para la protección de nuestros territorios ancestrales. La justicia de Ecuador ha demostrado que nosotros como Pueblos Indígenas tenemos el derecho a la autodeterminación y al autogobierno en nuestro territorio. Nosotros seguimos en la lucha”.
El actual dictamen es significativo para todos aquellos pueblos que, en su autoderminación y propia gobernanza, deciden ejercer sus derechos y se niegan al desarrollo de actividades extractivas en sus territorios. Igualmente, es trascendental porque enfatiza en el derecho a ser consultados en cualquier parte del proceso de concesión y sobre todas aquellas decisiones, incluidas las concesiones mineras que de alguna manera pudieran afectar la forma de vida de los Pueblos Indígenas.
El caso 273-19-J hace referencia a la sentencia emitida por la Corte Provincial de Sucumbíos a favor de la comunidad A’i Cofán Sinangoe, misma que no fue consultada por 52 concesiones mineras para exploración y explotación de oro que afectaban a territorio ancestral y a los ríos Chingual y Cofanes, con los cuales la población tiene especial relación. 20 de estas concesiones ya habían sido entregadas y 32 se encontraban en trámite.
Al respecto, la Sala Única de la Corte Provincial de Justicia de Sucumbíos encontró que dichas concesiones vulneraron los derechos de la naturaleza. Así como el derecho a la consulta, los derechos al agua, al medio ambiente sano, al territorio y a la cultura de la nacionalidad A’i Cofan, dentro de la cual se encuentra la especial relación de vida y espiritual con los ríos.
En este contexto, es necesario indicar que pese a que la sentencia fue emitida desde el mes de febrero de 2019, y las medidas de reparación se establecieron bajo la responsabilidad de los ministerios del Ambiente y de Energía y Recursos no Renovables, estas no han sido cumplidas, principalemente por el Ministerio del Ambiente, que ha desobedecido voluntariamente una orden de autoridad judicial.
Asimismo, recordamos que tanto la Relatora Especial de Pueblos Indígenas de Naciones Unidas, Vicky Tauli Corpuz, en su informe de septiembre de 2019, como el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas, en octubre de 2019, solicitaron al Ecuador el cumplimiento de esta sentencia, por resultar evidente la vulneración a los derechos de la comunidad de Sinangoe.
La Corte Constitucional tiene la oportunidad y la responsabilidad de establecer por medio de esta selección, criterios claros y obligatorios para el Gobierno, a fin de garantizar el respeto y la protección a los derechos de los Pueblos Indígenas y de la naturaleza frente al desarrollo de actividades mineras en el país.
Edison Lucitante – Presidente de la Comunidad A ́I Cofán Sinangoe – 096 788 6945
Alex Lucitante – Defensor de Derechos Humanos – 099 946 9780 sinangoetsampi@gmail.com
Brian Parker – Asesor jurídico – 098 401 2463