Imagina esta escena: estás en el territorio en el que tus ancestros vivieron y protegieron durante cientos de generaciones y miles de años. De repente, alguien de una ciudad lejana, que no ha estado nunca en tu territorio, llega a decirte “para qué” puedes usarlo y que, después de todo, este territorio no es realmente tuyo.
Este no es un escenario hipotético, sino una historia real.
Es el mes de abril. El murmullo de los insectos zumba en el aire húmedo de la mañana. Tres adolescentes de la nación indígena Siekopai (también conocida como Secoya, particularmente en el Perú) se quedan mirando a un hoyo rectangular que acaban de cavar ellos mismos en la tierra rojiza y arcillosa tan común en esta parte de la Amazonía, en el norte peruano. Sentado en cuclillas en el hoyo está un joven ingeniero que acaba de llegar de Lima, la capital peruana, murmurando consigo mismo a medida que examina lo que parecería ser suelo común.
El ingeniero llegó hasta este punto específico guiado por una unidad de GPS, que generó de manera automática una ubicación para la toma de una muestra del suelo.
Los adolescentes sonríen ante el tácito absurdo de gastar tanta energía, cavando hoyos en un lugar aparentemente insignificante en lo profundo de la selva, sin ninguna razón concebible para ello, sin haber ningún armadillo ni paca (un apreciado animal de caza) que justifique el esfuerzo. Secándose el sudor de su frente, un joven comenta: “Bueno, el hoyo podría ser un buen pozo para que caiga un animal…asegurémonos de colgar algo de carne silvestre para atraer hacia él una tortuga, una vez que este chico de ciudad se haya ido”.
Otro joven, Fidel, está impresionado con la habilidad del joven ingeniero para trazar esferas perfectamente redondas de lodo entre sus dedos índice y pulgar: “Deberíamos llevar a este chico (citadino) de pesca, él nos puede hacer las bolas de carnada”. “Yo lo voy a llevar a una cacería de armadillo”, declara el mayor de los tres, “es tremendamente bueno con la pala, aunque necesita guantes”.
Entre tanto, las mujeres y los niños que se pegaron al alboroto de la jornada están recogiendo diligentemente la abundancia que ofrece la selva circundante de manera tan casual como si estuvieran tomando un paseo dominguero por del mercado: frutas dulces de los árboles, ricas en vitaminas y en sabor, fibra de la palma chambira para tejer cordeles, cáscaras descortezadas para hacer medicinas y sujetar paquetes, un bejuco arrancado del follaje del bosque para ser preparado como bebida en lugar de café, y muchas otras ramas y juncos de extrañas formas que son apilados para luego fabricar con ellos utensilios artesanales de cocina.
Mucho menos clara para el grupo de Siekopais que acompañan la jornada es la razón para tal absurdo, el razonamiento de por qué esta persona de un lugar distante está sentada en un hoyo en la mitad de la selva, con su equipo de paleta, gráficas del suelo y bolsas de cierre a presión. El joven ingeniero, recién graduado como científico de suelos de una de las mejores universidades del Perú, de hecho, está determinando si esta extensión de la selva – en medio de la cual los pueblos Siekopai han coexistido desde antes de la llegada de los colonizadores españoles – será o no titularizada como propiedad Siekopai, o por el contrario y de manera perversa, declarada como Terreno Estatal en préstamo a la comunidad bajo una condición llamada “cesión en uso”.
En el corazón del asunto están dos relaciones con el mundo viviente crudamente contrastadas, y dos visiones opuestas de “para qué” es el territorio. De un lado, está la concepción dominante, implementada por el gobierno peruano, la cual tiene raíz en la suposición de que el territorio es exclusivamente para producción. La entidad titularizadora estatal está alojada dentro del Ministerio de Agricultura, y está orientada por principios agrarios indisputables y por leyes forjadas a lo largo de décadas de colonización masiva de territorios indígenas no reconocidos.
De otro lado están los pueblos indígenas, quienes han mantenido una relación mucho más integral e íntima con sus territorios, una de coexistencia generativa que ha evolucionado y se ha refinado con la acumulación de conocimiento y experiencia a lo largo de milenios. Jorge Pérez, el actual presidente de AIDESEP (La Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana), hace la reflexión de que “la mayoría de los pueblos indígenas describen a su territorio ancestral como parte misma de su existencia. En la cual uno depende del otro. El territorio es la mayor fuente de vida material y espiritual. La transferencia efectiva de conocimiento de una generación a otra solo es posible a través de los recursos del territorio”.
La concepción estatal del suelo
Un paso decisivo en el engorroso procedimiento administrativo que reconoce los derechos de propiedad indígena en el Perú en un análisis de suelo y clasificación que determina su “uso más adecuado”. El análisis interpreta las propiedades químicas y físicas de las capas del subsuelo a través de características topográficas, y culmina en un informe de la compatibilidad de los suelos para una de cuatro posibles actividades: el cultivo permanente de cosechas, el pastoreo de ganado, la producción silvícola, o la protección. Los segmentos dentro del área considerados aptos para cultivo o pastoreo reciben un título de propiedad, y las áreas designadas como terreno selvático y de protección (que constituyen más de un 70% de la Amazonía peruana) se conceden a la comunidad como una floja concesión (“cesión en uso”) que puede ser explícitamente revocada. En esencia, si en el territorio no se usan métodos intensivos de agricultura o pastoreo, ajustado a un estándar colonial de uso territorial, en letra pequeña, no tiene un estatus de propiedad seguro.
Esta valoración claramente hace caso omiso, devalúa e irrespeta las relaciones indígenas con el territorio, que han permitido la supervivencia sostenida a través de la agricultura, la caza, la pesca, el forrajeo y el fomento de la selva. Como explica Rodrigo Papaya, de la comunidad Mashunta, “para nosotros, los Secoya (Siekopai), la idea de que el territorio sea apropiado para agricultura o silvicultura no existe, porque nosotros usamos todo, porque en la selva está nuestra farmacia y nuestro mercado, o el aire puro”.
Por ejemplo, tal vez la técnica más común de agricultura y manejo forestal entre los pueblos indígenas amazónicos es el cultivo de tipo agroforestería itinerante. Este sistema cambiante puede describirse como una continuación de plantas cultivadas, árboles frutales y vegetación natural a lo largo de un período de varias décadas que garantiza la recuperación del suelo, el restablecimiento de bosques diversos e incluso enriquecidos luego de haber sido abandonados. En contraste con las prácticas de monocultivo colonial extractivo, este sistema de cultivo tradicional emplea una diversidad de cosechas y árboles; un estudio de los pueblos Mora en Perú documentó 60 especies plantadas. Notablemente, este sistema usa un espectro mucho más diverso de suelos y tipos de bosque que lo que actualmente está reconocido por el Ministerio de Agricultura como “apropiado para cultivo permanente”, la diversidad de plantas y árboles utilizados por los pueblos indígenas es mucho más amplio que las prácticas agrícolas concebidas por la disposición mental colonialista.
Las gentes indígenas dependen de una diversidad de tipos de bosques y ecosistemas, a la vez que prosperan gracias a ellos, y allí encuentran todo, desde una colección de plantas medicinales, frutas, fibras para sogas y telas, materiales para construir sus casas, para cazar y pescar, hasta intangibles como espiritualidad, la historia de asentamientos y guerras del pasado, y otros innumerables recuerdos arraigados en los lugares. En términos únicamente del uso de las plantas, tan solo uno de los ancianos Siekopai, Delfín Payaguaje, identificó los nombres y usos de más de mil plantas a través de un extenso rango de ecosistemas, y lo hizo en apenas unos cuantos días.
La incompatibilidad de las leyes peruanas con la realidad de la vida indígena se evidencia todavía más con la concepción de las leyes sobre los territorios que consideran aptos para el ganado. Las leyes peruanas contemplan los territorios de pastoreo como tierras que han sido completamente despejadas para pastoreo de ganadería intensiva, en vez de para poblaciones de ganado en pequeña escala que viven en una comunidad. Casi todas las comunidades indígenas que han sido contactadas pueden encontrarse con gallinas y patos deambulando alrededor, pero suponer que ellas han asimilado la cultura vaquera colonialista de los ranchos y plantaciones es absurdo.
Oscar Macanilla, un líder del pueblo Siekopai desde largo tiempo atrás de la aldea de Wajoya (Río de Guerra) en la región de la Alta Amazonía de Loreto, en el Perú, relata el primer y último intento de su aldea de adoptar ganado como parte de su sustento.
“La idea fue del alcalde local…nos dio diez búfalos de agua para que pudiéramos aprender a ser ganaderos felices…tumbamos mucha parte de nuestra selva, y en su lugar plantamos pasto. Al principio, las cosas eran extrañas, pero estaban bajo control…pero pronto los búfalos se volvieron grandes y empezaron a alterar la armonía del ciclo de vida de la aldea, empezaron a perseguir a los niños por ahí, a estropear nuestras plataneras y plantas de yuca con sus cachos, y las pilas de su estiércol hirviente por los patios eran insoportables…finalmente las cosas se volvieron tan peligrosas y se salieron tanto de las manos que abandonamos la aldea y nos mudamos aquí para escapar de las bestias salvajes”.
Las leyes peruanas niegan a las comunidades el título de propiedad a sus territorios ancestrales, con base en una regulación que no toma en cuenta ni respeta sus formas históricas de vida y de relación con sus territorios. La regulación solamente cuenta con angostos criterios agrícolas o productivos, negando la existencia de diferentes culturas y formas de ver el mundo. El gobierno peruano, en ejercicio de su marco legal, continúa firmando contratos de concesión temporales que socavan la propiedad ancestral y ponen a los indígenas en riesgo de perder su territorio. Estos contratos no solo socavan los derechos y las relaciones tradicionales de las comunidades indígenas, sino que también contradicen los acuerdos internacionales, de manera más notable el Artículo 14 de la Convención 169 de la OIT que garantiza que los territorios indígenas sean reconocidos como propiedad.
Actualmente, menos de dos quintas partes del territorio Siekopai en el Perú es reconocido como propiedad de las comunidades Siekopai; el resto está meramente concedido como “cesión en uso”. Las comunidades están exigiendo un reconocimiento completo del territorio como su propiedad.
Es por este motivo que en diciembre 16 de 2021, tres comunidades Siekopai de la provincia peruana de Loreto, en la Alta Amazonía, representadas por Juan Carlos Ruíz, del Instituto de Defensa Legal (IDL) en Lima y apoyadas por Amazon Frontlines y la Alianza Ceibo, presentaron una demanda constitucional ante la Corte Provincial del Putumayo en El Estrecho, solicitando al juez que confirme sus derechos colectivos a la propiedad, y rechace la aplicación del Artículo 11 de la Ley 22175 del Perú, que le permite al Estado otorgar a las comunidades sus territorios ancestrales bajo el marco de la “cesión en uso”.
En el derecho peruano, las protecciones otorgadas por tratados internacionales tales como el Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales de la OIT, tienen un estatus constitucional; esto significa que están por encima de las leyes nacionales. La demanda del proceso legal dirigido por los Siekopai es para que el juez de distrito local reconozca la violación de los derechos constitucionales, ordenándole al gobierno modificar los títulos actuales, de tal manera que se reconozca la propiedad del territorio tradicional entero, el cual ha sido ancestralmente ocupado por las comunidades Siekopai. Sin embargo, el Estado por su parte ha hecho todo lo posible para demorar y obstruir esta demanda legal; una audiencia agendada para enero de 2023 en la que se iba a discutir la demanda Siekopai, fue pospuesta para abril del mismo año.
Las comunidades Sikopai de Loreto enfrentan un arduo proceso a medida que su demanda se abre camino a través de las capas del sistema legal del Perú. Las posibilidades de obtener mayor seguridad jurídica sobre su territorio ancestral son tan claras, como lo es la oportunidad de que los derechos de comunidades a lo largo y ancho del Perú sean confirmados. Como anota Jorge Acero, Coordinador de Derechos de Amazon Frontlines, “este proceso debe tener una sentencia favorable para los Siekopai y sus derechos, al ser un precedente regional y nacional que otras comunidades pueden usar y que exige la reforma esencial de las leyes que violan seriamente los derechos de las personas y comunidades peruanas a sus territorios ancestrales”.
Las comunidades indígenas tienen un derecho no negociable a sus territorios ancestrales. Como lo declaró Hilda Leví, una abuela Siekopai, ante el Relator Especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas durante una visita reciente a San Lorenzo, en Loreto, Perú: “La selva es nuestro hogar, nos provee con todo lo necesario para sobrevivir y ser felices…es nuestra farmacia vegetal, nuestro supermercado, nuestra ferretería, nuestro templo…y a cambio, nosotros cuidamos nuestra selva y la protegemos… sabemos qué plantar y qué no…dónde construir nuestras aldeas y dónde no…y señor, que se sepa, que nosotros sabemos qué hacer con nuestra suciedad, esta es nuestra decisión, y siempre lo será”.
Ya sea testificando ante relatores de las Naciones Unidas, o solicitando ante jueces de distrito que sus derechos sean respetados, las comunidades Siekopai están exigiendo reconocimiento legal por una relación milenaria de mutua prosperidad con los territorios, que antecede por mucho tiempo a la existencia del Estado peruano.
Sub puntos claves
- El sistema legal discriminatorio del Perú solo reconoce derechos de propiedad sobre territorios que acatan la visión colonial de la agricultura y el pastoreo. El territorio sólo puede ser propiedad si cumple la lógica extractiva capitalista.
- Las leyes desatienden la historia y cultura indígena, así como sus prácticas sobre sus territorios y sus visiones del mundo, privando a las comunidades de derechos protegidos de propiedad y dejándolas en riesgo de perder acceso a sus territorios.
- Las comunidades Siekopai están demandando al gobierno peruano ante la Corte, exigiendo al Estado que reconozca sus territorios ancestrales conforme a las leyes internacionales. Tienen el potencial de lograr sentar un precedente que cambiaría las reglas del juego sobre cómo el gobierno peruano concibe los territorios y los derechos de propiedad en relación con los pueblos indígenas.
Más del 50% de la tierra del mundo está siendo sostenida por pueblos indígenas y comunidades locales; no obstante, solo un 10% está legalmente reconocida, lo que hace que estas tierras y sus bosques sean cada vez más vulnerables a la invasión y a la deforestación. Apoya nuestro trabajo que busca asegurar los títulos de estos territorios a las comunidades indígenas que protegen la Amazonía y nuestro clima.