por Francis Andrade /

December 2025 /

Crónicas / Derechos /

“Queremos agua limpia y vida digna, nuestro buen vivir” fue la consigna que más de cien comunidades indígenas Kichwa, afectadas por derrames de petróleo en la Amazonía ecuatoriana, llevaron al juez de la provincia de Francisco de Orellana durante el diálogo intercultural celebrado el 28 de agosto de 2025 en la ciudad de El Coca. Un evento clave en el largo camino que nos queda para alcanzar una justicia intercultural y reparadora en Ecuador, un Estado que en su carta magna se define como intercultural y plurinacional, pero que en la práctica mantiene un sistema hegemonizante e incapaz de comprender otras formas de organización y justicia.  

En abril de 2020, alrededor de 120 mil personas, entre ellas más de 27 mil personas indígenas, fueron afectadas por el vertido de más de 15 mil barriles de petróleo como consecuencia de la ruptura de dos oleoductos en las vertientes de los ríos Coca y Napo. Más de cien comunas indígenas Kichwa ribereñas han visto poco a poco desintegradas su identidad colectiva, sus relaciones comunitarias y sus distintas formas de relacionarse con el territorio y el río. A este derrame le siguieron cuatro más a lo largo de los siguientes cinco años, que profundizaron la devastación de la naturaleza y de las condiciones de vida de la población. 

En el mismo lugar donde ocurrió la ruptura de los oleoductos en 2020, hubo un nuevo derrame de petróleo en 2022. La magnitud fue similar y afectó a las mismas comunidades. Fotografía: Nicolas Mainville
Fotografías: Emilio Bermeo

En 2020, las comunas, organizadas en la Federación de Comunas Kichwas Unión de Nativos de la Amazonía Ecuatoriana – FCUNAE, acudieron a la justicia estatal para exigir sus derechos a la atención y reparación, pero se los negaron. En 2024, el tribunal más alto del país, la Corte Constitucional, ordenó que se reponga el caso  y que se inicie ante el Juzgado Multicompetente de Francisco de Orellana, donde el juez Clemente Paz ordenó la realización de un diálogo intercultural en agosto,previo a la audiencia de juzgamiento que se realizará este 8 de diciembre.

¿Qué caracteriza al diálogo intercultural?

En Ecuador, reconocido constitucionalmente como un Estado intercultural y pluricultural, el diálogo intercultural es más que una opción; es una obligación legal. Esta se fundamenta en los derechos colectivos de los pueblos indígenas (Art. 57) —que incluyen la identidad, la autodeterminación y la justicia propia— y en el deber ciudadano de “promover la unidad y la igualdad en la diversidad y en las relaciones interculturales” (Art. 83, numeral 10).

La Corte Constitucional ha establecido la obligatoriedad de este diálogo, indicando que debe realizarse “entre iguales” y debe incorporar las instituciones ancestrales de los pueblos originarios, reconociendo su voz, autoidentificación, capacidad de decisión sobre su futuro, reivindicaciones y obligaciones propias (Sentencia No. 0008-09-SAN-CC).

Fotografía: Daris Payaguaje

Además, las autoridades —tanto estatales como indígenas— están obligadas a iniciar un diálogo intercultural en todo proceso jurisdiccional donde los derechos puedan verse afectados, con el objetivo de “interpretar normas y comprender hechos y conductas” (Sentencia No. 112-14-JH/21, párr. 35).

Este diálogo no es un mero trámite, sino un proceso esencial para “interpretar normas y comprender hechos y conductas” desde la perspectiva de aquellos con quienes se dialoga. Como señala la catedrática Catherine Walsh, cercana a la investigación sobre plurinacionalidad e interculturalidad, se trata de reconocer otras formas de configuración social y política. El diálogo intercultural está intrínsecamente ligado a la plurinacionalidad, característica esencial del Estado ecuatoriano que reconoce y respeta otros sistemas de justicia. Cada pueblo o nacionalidad originaria posee una institucionalidad jurídica propia que no siempre está escrita o codificada, sino que parte de la escucha profunda y genuina a abuelos y abuelas o autoridades ancestrales, así como de prácticas comunitarias esenciales, como el canto, el tejido, entre otras que son canales de expresión del derecho propio, es decir la manifestación donde se encuentra impregnada la forma en la que vive ese pueblo, y proyecta su identidad.

El camino sinuoso hacia la justicia intercultural

Para llegar al evento de “diálogo intercultural” de agosto de 2025, se ha recorrido un camino sinuoso y la propia realización del mismo no ha terminado de entender el diálogo intercultural en su verdadera dimensión e integralidad. Empezando porque ese diálogo entre iguales no se puede dar cuando no se concerta, sino más bien se impone, una fecha, hora y lugar para su desarrollo, como lo hizo el juez de Francisco de Orellana desde la primera convocatoria.

El juez estableció una fecha que no daba el tiempo suficiente para convocar y preparar adecuadamente a las comunidades demandantes, e imponía que el evento se desarrollara en la sede de la FCUNAE en la ciudad de Coca. Las comunidades respondieron solicitando más tiempo y entregaron un protocolo o guía para realizar el diálogo intercultural, donde expusieron la necesidad de realizarlo en territorio Kichwa. 

La convocatoria se pospuso para el 30 de junio, pero pocos días antes, el juez la suspendió por motivos personales y colocó una nueva fecha que coincidía con actividades ya planificadas por la FCUNAE, esto motivó una protesta frente al complejo judicial de Francisco de Orellana, en la que representantes de las comunidades, acompañadas de líderes de otras nacionalidades indígenas, organizaciones aliadas y su defensa técnica, llevaron las evidencias del impacto del petróleo en el río, que han provocado los derrames de petróleo en su territorio, el último ocurrido el 16 de junio. 

Fotografías: Michelle Gachet

La fecha definitiva se concertó en una reunión realizada el 15 de julio de 2025 en el Consejo de la Judicatura de la ciudad de El Coca, con la presencia de representantes de las comunas kichwas y de la FCUNAE. En la reunión se insistió sobre la necesidad que el juez realice una inspección a las comunas para que pueda evidenciar los efectos de la contaminación, petición que fue respondida por el juez manifestando que ya conoce de los efectos de la contaminación, ya que ha vivido algunos años en la ciudad del Coca.

El juez reafirmó su negativa a acudir a territorio indígena. Alegó que sus responsabilidades y limitaciones de tiempo le impedían hacerlo y se mantuvo en su propuesta para que el diálogo se desarrollara en la ciudad, en la sede de la organización política de FCUNAE.  El Consejo de la Judicatura de Francisco de Orellana luce en sus paredes el eslogan “Justicia Intercultural”, pero no cuenta con la estructura orgánica-administrativa para posibilitar la movilidad del único juez en materia penal de la ciudad, lo que le imposibilita alejarse de su lugar de trabajo.

Durante la reunión de julio de 2025, el juez subrayó que su papel sería únicamente de veedor, como una figura de conciliación entre las comunidades y el Estado. La reunión dejó la impresión de que el juez no comprendió qué es la interculturalidad y que sigue percibiendo el diálogo como un mero trámite o una formalidad que ordenó la Corte Constitucional para la sustanciación de este caso. 

El diálogo 

Sorteando todos y cada uno de los obstáculos en el camino, el 28 de agosto finalmente, tuvo lugar el diálogo intercultural de las comunas y comunidades Kichwa con el juez, en la sede de la FCUNAE. Las y los kichwa intentaron llevar un poco de la selva y de su territorio afectado al espacio de cemento donde se realizó el diálogo intercultural. A través de una danza y la entonación de los tambores y el pingullo se aperturó el espacio. Las y los Kichwa tomaron la palabra para expresar la impotencia, el dolor y la indignación de no encontrar respuesta a mejorar sus condiciones de vida, luego de cinco años de silencio de la justicia estatal.

Tres horas de diálogo intercultural donde se expuso sobre la relación importante con el río y de como esta ya casi no existe porque el río está enfermo y triste; sobre la alimentación kichwa y como la misma se está perdiendo porque sus principales frutos ya no se cultivan como antes por la contaminación del suelo, “la yuca, el plátano no saben igual” “el bocachico, ya casi no aparece en el río, no podemos abastecernos de pescados, y pretenden que cambiemos nuestra dieta para comer enlatados de atún y fideos”, dijeron

Fotografías: Daris Payaguaje

Los abuelos kichwa contaron sobre prácticas de armonización que forman parte de sus formas de aplicar justicia, con toma de plantas medicinales, como la ortiga, la guayusa, el ají para sanar el espíritu y que ahora se van perdiendo porque las dinámicas comunitarias también se limitaron. La afectación tras los derrames de petróleo obliga a la gente a desplazarse o priorizar actividades de supervivencia, muchas veces lejos de las comunidades, dejando de lado prácticas y actividades comunitarias. Para la gente, una forma de reparar o sanar es quitar la contaminación del río, porque con derrames constantes no puede revivir sus ciclos y la gente kichwa, niñxs y adultxs tienen miedo al agua.

Al final, las autoridades kichwa dieron la palabra al juez, momento en que este agradeció por todo lo que se le compartió y esclareció que este espacio fue un acercamiento entre autoridades y concluyó de que espera que toda la información brindada se encuentre en el expediente del caso jurídico para poder tratarse en audiencia y llegar a tomar decisiones.

El resultado esperado de este diálogo es que la autoridad judicial estatal –en tanto es la que va a decidir el caso– entienda a cabalidad cómo las nacionalidades y pueblos originarios entienden sus derechos fundamentales, para que el juez pueda examinar la implicación o dimensión del daño buscando alcanzar un auténtico conocimiento y entendimiento intercultural.

¿Cómo la justicia intercultural se abre paso en un modelo hegemónico?

El lenguaje normativo y todo lo que le engloba: procedimientos, instituciones, etc., que se han construido desde ciertas formas de saber,  desde relaciones humanas en espacios de poder que han marcado una exclusión que hace que no todos ni todas, formemos parte de ese referente de justicia y verdad, por tanto los actores que predominan en ella son los profesionales formados en facultades de derecho. Esto es lo que el sociólogo y teórico político peruano, Anibal Quijano, denomina la colonialidad del poder. En nuestros días aún es latente en ciertas manifestaciones, algunas muy explícitas y otras simbólicas, porque son herencia de los fundamentos de los estados nación y las sociedades que se conformaron con base en la clasificación social según la identidad cultural.

Resultado de ello, no extraña que a las autoridades del Estado, o a la justicia estatal, les cueste concebir la legitimidad de otros actores fuera de la institucionalidad o la lectura de la lógica estatal, les cueste entender que el poder tenga otro flujo, desde otra historia, desde otros saberes y ontologías. En ese sentido preocupa escuchar del juez lo mencionado en la reunión sobre el diálogo como conciliación y acuerdos, como si los derechos humanos y colectivos se negociaran o como si las violencias estructurales a un colectivo de un pueblo originario fuesen transables, esto no es posible porque los derechos se reivindican y se reparan.

No se puede pretender que un diálogo intercultural busque que más de 100 comunas kichwa afectadas por la contaminación de petróleo escuchen a funcionarios del Estado sobre acciones demagógicas configuradas del favor y el asistencialismo y no de la obligación constitucional de respetar y garantizar derechos. El rol del juez no es de simple mediador como él lo mencionó, su rol es una referencia para establecer equilibrios del poder y alimentar el enfoque intercultural en la conducción de un proceso jurídico que lleva en la indefensión más de cinco años.

Un diálogo intercultural logra ser un diálogo entre iguales bajo tres preceptos: primero cuando se mira los derechos, la justicia indígena como a la justicia estatal sin superposición, o sin el sobreentendido de que un conocimiento válida a otro; segundo bajo la posibilidad de generar conocimiento colectivo y tercero cuando existe una nueva configuración de fuerzas de la sociedad que propone superar violencias históricas y simbólicas existentes.

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