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August 2025 /

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Comunicado de la Alianza de Derechos Humamos del Ecuador, 6 de agosto de 2025

En los últimos días hemos recibido graves alertas sobre persecución y descalificación de organizaciones y personas defensoras de derechos humanos y organizaciones sociales, en un contexto de desmantelamiento del estado de derecho a través de las cuatro últimas leyes propuestas por el Presidente Daniel Noboa y aprobadas por la Asamble Nacional: ley orgánica de solidaridad nacional, ley orgánica de inteligencia, ley orgánica de integridad pública y ley para la recuperación de áreas protegidas.

En curso un proyecto de ley denominado ley orgánica para el control de flujos irregulares de capitales1 calificada de urgencia en materia económica, denominada por el Presidente Noboa como la “ley de fundaciones” y que, según manifestó, pretende combatir a las fundaciones que buscan desestabilizar al país, particularmente aquellas que presuntamente impulsarían la minería ilegal.

“en el Ecuador se usa fundaciones, organizaciones sin fines de lucro, ongs internacionales para ingresar dinero y desestabilizar el país sin ningún tipo de control de la UAFE sin ningún tipo de control financiero (…) se ha vuelto un mecanismo que impulsa la criminalidad que impulsa la minería ilegal (…) para combatir la inseguridad, para combatir la minería ilegal y para combatir a las personas que quieren desestabilizar de una manera ilegal al estado (…) se usa fundaciones para financiar el lavado se usa las fundaciones para financiar organizaciones narco terroristas y eso no lo podemos permitir”2

Respecto de este mismo proyecto de ley el hoy ex ministro de la Gasca, aseguró que las fundaciones que impulsan la minería ilegal serían aquellas que apoyan al frente antiminero3:

“es un proyecto que busca regular el flujo irregular de dineros que camina a través de las fundaciones, (…) en las fundaciones no hay el control que debe existir y ahí usted tiene algunas fundaciones (…) fundaciones truchas que lo que sirven es para traer divisas para financiar frente antiminero, para financiar los grupos de las economías irregulares (…) de ahí las otras fundaciones que están viendo animalitos (…) que tienen que ver con la cultura con arte, humanitario enhorabuena (sic)”4

Por su parte, de acuerdo con la ministra del fusionado ministerio de ambiente, agua y transición ecológica y el ministerio de energía y minas, la Sra. Ines Manzano, inclusive las empresas públicas de reconocida reputación, son “mentirosas” si emiten informes técnicos que cuestionan los proyectos mineros. Así ocurrió en los últimos días con la empresa municipal ETAPA a quien amenazó con retirarle la administración del parque nacional El Cajas, por cuestionar técnicamente el proyecto Loma Larga operado por la canadiense Dundee Minerals5. Las declaraciones que hizo la ministra sobre la “consulta previa” en Loma Larga6 ratifican las denuncias de las personas defensoras de derechos: que en Ecuador toda minería es ilegal porque nunca ha habido una consulta previa como manda la Constitución desde hace casi treinta años ya.

En este contexto, el proyecto de ley orgánica para el control de flujos irregulares de capitales se crea, entre otros propósitos, para controlar a organizaciones de sociedad civil que realizan acciones de defensa de derechos territoriales y ambientales y cuestionan la opacidad y violencia con la que se impone el extractivismo minero y petrolero en el país.

Este proyecto aumenta los niveles de control ya existentes sobre las organizaciones de sociedad civil, incluye a organizaciones de carácter comunitario e impone una exhaustiva revisión respecto del cumplimiento de sus objetivos, el impacto de sus resultados, sus beneficiarios, incluyendo sanciones como la disolución, suspensión y pérdida de personería jurídica en caso de ”realizar cualquier actividad que atente contra derechos fundamentales de las personas, el orden público o la seguridad del Estado”. El proyecto incorpora la posibilidad de congelar los fondos de las organizaciones sin autorización judicial a través de la UAFE y la participación de agentes encubiertos para realizar reportes. El control judicial posterior no es una garantía de derechos, debido a disposiciones que comprometen la independencia judicial contenidas en otros cuerpos legales.7

De llegarse a aprobar este proyecto se profundizará situaciones de estigmatización, criminalización y silenciamiento de actores y colectivos fundamentales para garantizar el ejercicio de una sociedad democrática.

Hasta la fecha ni el presidente, ni la recién nombrada ministra de gobierno han presentado evidencias fácticas que sustenten la presunta relación de las organizaciones de sociedad civil y las economías ilícitas -Crimen organizado-, siendo ese el sustento de una ley de semejante magnitud, en un universo de más de 70.000 organizaciones.8

Por el contrario, de lo que sí existe evidencia es de la infiltración del crimen organizado en las instituciones del Estado9 -inclusive UAFE10– en altos funcionarios11, en las fuerzas militares y policiales12, en funcionarios antinarcóticos13, en funcionarios encargados del control minero14, en la administración de justicia15, así como la proliferación sin control de empresas fantasma de lavado de oro16, el negocio de extorsión en las cárceles17, contratos públicos con GDOS18 entre otros.

Sobre esto no existe normativa similar a la ley de fundaciones y pese a la evidencia enorme de la cooptación de funcionarios del Estado por parte del crimen organizado, el entramado jurídico que se ha emitido para abordar la problemática (ley de solidaridad nacional, ley de inteligencia, ley de integridad pública y ley de áreas protegidas y la declaratoria “de facto” de conflicto armado interno) no confronta, ni ataca ese entramado de corrupción y en cambio socava el principio de división de poderes, de debate democratico y de control y fiscalización ciudadana.

La militarización inconstitucional e inconvencional depende de la voluntad del ejecutivo. Las escuchas y el espionaje a cualquier persona dependen de la voluntad de funcionarios de un sistema de inteligencia que no rinde cuentas a nadie. La estabilidad de funcionarios públicos y eventualmente de operadoras y operadores de justicia depende solamente de la voluntad de sus superiores -y del Consejo de la Judicatura en caso de que se dicte estado de emergencia. Y los pueblos indígenas de ser poseedores ancestrales de territorios en áreas protegidas son reducidos a prestadores de servicios -copartícipes de decisiones ya tomadas en su territorio en el mejor de los casos- o guardaparques.

Pese a todo este paquete de implementación y enmiendas normativas, a los reiterados estados de excepción y a la difusión de fondos públicos para temas de seguridad enfrentamos las peores cifras de nuestra historia en materia de seguridad:

Pese a la reducción de muertes violentas que hubo en junio, Ecuador cerró el primer semestre de 2025 con 4.557 asesinatos. La cifra creció en un 22% respecto al primer semestre de 2023, que fue el año más violento de la historia, y es la más alta desde 2011.19

La militarización de la sociedad civil ecuatoriana en este último año y medio -enero 2024 a la fecha- ha significado el incremento de las cifras de noticias del delito que tienen relación con violaciones y graves violaciones de derechos humanos en relación con los cuatro años anteriores. Así, por ejemplo, de acuerdo con información proporcionada por fiscalía, respecto de ejecuciones extrajudiciales se reportaron 19 noticias del delito, mientras que entre 2020 y 2023 hubo 8 casos. Sobre casos de tortura en el mismo periodo se reprtaron 272 noticias del delito, mas que en los cuatro años anteriores juntos donde se reportaron 242 casos. En relación con el delito de extralimitación en actos de servicio, en año y medio 393 noticias del delito, mientras que entre 2020 y 2023 hubo 440 casos. En este año y medio, 27 casos de extralimitación de funciones fueron con resultado de muerte. En relación con las desapariciones forzadas la fiscalía reporta 21 noticias de delito, lo cual es un subregistro pues desde la sociedad civil hemos mapeado, al menos 33 casos.

De ser aprobada, la ley de fundaciones se incrementara la indefensión de víctimas de violaciones y graves violaciones de derechos humanos, colectivos y de la naturaleza y correrá el mismo destino de las otras cuatro recientes leyes promulgadas por el gobierno de Noboa: ser evidencia del desconocimiento arbitrario de la Constitución con que el ejecutivo y el legislativo actúan.20 Pero además servirá para lo mismo que ya sirvió el Decreto 16 de la época del ex presidente Correa: para seguir persiguiendo, criminalizando y amenazando a personas defensoras,21 quienes ya se encuentran en altísimo riesgo y sin ningún sistema de protección que garantice su labor en Ecuador.

Ahora bien, sin haberse aprobado la ley, y en lo que parecería ser una acción errática y desesperada por fundamentar esta proyecto el día 4 de agosto el Ministerio de Ambiente Agua y Transición Ecológica -fusionado a través del cuestionado Decreto 60 al Ministerio de Energía y Minas- de manera informal, y en evidente desorden en la mayoría de casos, ha solicitado información a más 440 organizaciones y personas, muchas de ellas defensoras de derechos humanos, colectivos y de la naturaleza, entre ellas varias ecologistas y ambientales22 a quienes habría dado el término de 48 horas para remitir copiosa información, sobre la base del cuestionado decreto 193 expedido en el gobierno de Lenin Moreno.23

La información requerida tiene que ver con los informes anuales de actividad, informes económicos y las respectivas declaraciones presentadas ante el Servicio de Rentas Internas (SRI) y el detalle del origen de los recursos utilizados por la organización, todo ello respecto de los años 2022, 2023 y 2024.

Advertimos que este requerimiento constituye una forma de hostigamiento, recordamos que en el último examen periódico al Ecuador, el Comité de Derechos Humanos cuestionó la estrategia de “integridad” del presidente Noboa respecto de las organizaciones de la sociedad Civil24:

45. Preocupan al Comité las informaciones sobre el uso de la Estrategia de Integridad para las Organizaciones de la Sociedad Civil/Organizaciones No Gubernamentales para limitar el funcionamiento de las organizaciones no gubernamentales. En particular, el Comité expresa su inquietud por los requerimientos contenidos en dicha Estrategia para que las organizaciones de la sociedad civil puedan mantener su personería jurídica, lo que puede constituir un obstáculo para el libre ejercicio de sus actividades y representar una restricción indebida del derecho a la libertad de asociación (art. 22).

46. De conformidad con el artículo 22 del Pacto, el Estado parte debe adoptar las medidas necesarias para garantizar, en la ley y en la práctica, el ejercicio efectivo del derecho a la libertad de asociación y que los miembros de las organizaciones de la sociedad civil puedan ejercer su libertad de asociación sin estar sometidos a restricciones que sean incompatibles con el Pacto. En particular, debe abstenerse de adoptar cualquier medida o ley que pueda limitar el ejercicio del derecho a la libertad de asociación o dé lugar a un control indebido de las organizaciones de la sociedad civil o una injerencia en sus actividades.

En este escenario, de estigmatización, legislación inconvencional e inconstitucional, ausencia de datos para la política pública, medidas populistas, erráticas y sin base fáctica para combatir la delincuencia, violación de derechos humanos, colectivos y de la naturaleza, criminalización de personas defensoras y hostigamientos, la Corte Constitucional está llamada a cumplir su rol de guardiana de la Constitución y de los derechos constitucionales, exigencia que varias organizaciones y personas han realizado a traves de la presentacion de los recursos legales corresponientes que pretenden suspender la normativa inconstitucional e inconvencional que ha sido promulgada en abuso del procedimiento de emergencia establecido en la Constitución y en violación de disposiciones constitucionales.

Actuando conforme el 4 de agosto la Corte Constitucional procedió con la admisión de demandas y la suspensión provisional de normas en leyes de reciente promulgación. Quedando pendiente de resolverse acciones de inconstitucionalidad presentadas contra la ley de integridad pública y de áreas protegidas.

En ese escenario preocupa el inicio de una campaña mediática de ataque y desprestigio contra la Corte Constitucional y el incremento de narrativas que llaman a la polarización y la división de la sociedad civil, así como la inclusión de una pregunta por parte del ejecutivo, en la propuesta de consulta popular ser efectuada en diciembre de 2025 que pretende someter a los jueces y juezas a juicio político, retornando a los tiempos de la llamada “Pichi Corte”25 y al desmantelamiento del Tribunal Constitucional26 de entonces. Advertimos que esas acciones inconstitucionales e inconvencionales costaron al país sendas sentencias e indemnizaciones en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que todo el país ha sido condenado a pagar27.

Advertimos que el presidente de la República, el primer obligado a respetar los fallos de la Corte Constitucional ha convocado a una marcha de rechazo a lo actuado por la Corte Constitucional, marcha prevista para el 12 de agosto, amenazando gravemente así la independencia de la Corte Constitucional, pues señaló que28:

No podemos permitir que nueve personas entronizadas, que ni siquiera aparecen en fotos, vengan y nos tiren abajo las leyes que le pueden dar seguridad a cada uno de ustedes.

A la convocatoria del presidente de la República contra la Corte Constitucional se suma lo dicho por la ministra de gobierno Zaida Rovira y el presidente de la Asamblea Niels Olsen, quienes al conocer de la suspensión de las normas legales aparecieron rodeados de militares:29

La Corte Constitucional le debe una explicación al país. Una explicación con cara, con fundamentos (Rovira)

Aprobamos tres leyes que el país reclamaba con urgencia (…). A la ciudadanía que nos ve, le corresponde saber: ¿quién responde por esta suspensión? ¿Quién se hace cargo de haber dejado sin efecto herramientas legales que ya eran ley de la República? (Olsen)30

Posteriormente la Ministra Rovira, en entrevista habría calificado a la Corte Constitucional de “organismo enemigo de la ciudadanía”31. Lo dicho por la alta funcionaria, nuevamente, amenaza gravemente la independencia de la Corte Constitucional y ya ha sido objeto de preocupación por parte de la Relatoría de Naciones Unidas sobre Independencia Judicial32

Por todo lo anterior, las organizaciones que suscribimos:

a. Rechazamos el hostigamiento del presidente de la República y altos funcionarios del Estado contra la Corte Constitucional, amenazando su independencia y la labor que cumple en una sociedad democrática y en un estado de derecho

b. Exigimos a la Asamblea Nacional que se abstenga de aprobar textos normativos violatorios de derechos constitucionales y disposiciones convencionales y cumpla con los procedimientos constitucionales y se abstenga de pretender modificarlos al arbitrio de mayorías móviles

c. Exigimos al Ejecutivo que se abstenga de seguir promoviendo iniciativas populistas que ponen en altísimo riesgo derechos constitucionales y a sus defensores y defensoras

d. Exigimos que la política pública de seguridad se construya sobre la base de datos e información levantada, no de sospechas sobre organizaciones de la sociedad civil usadas como cortina de humo para evitar controlar a las empresas fantasmas y a la acumulalción de capitales originados en economías ilícitas

e. Exigimos respetar la independencia e imparcialidad de la Corte Constitucional y la administración de justicia y respetar y cumplir estrictamente sus fallos.

f. Exigimos que el ejecutivo se abstenga de estigmatizar y poner en riesgo la labor de personas defensoras, esto incluye abstenerse de espiar a personas y organizaciones defensoras de derechos, colectivos y de la naturaleza. Advertimos que las normas que permitían esas escuchas inconstitucionales están suspendidas

g. Exigimos que el ejecutivo se abstenga de hostigar por cualquier medio a personas defensoras de derechos humanos, derechos colectivos y derechos de la naturaleza. Su deber es garantizar un entorno seguro para que podamos realizar nuestra labor.

h. Advertimos a la comunidad internacional, a las organizaciones internacionales defensoras de derechos humanos, colectivos y de la naturaleza, a los órganos de protección de derechos regionales y universales del desmantelamiento del estado de derecho en Ecuador y la amenaza que se cierne contra la Corte Constitucional, contenida en una consulta popular y en las acciones y estigmatizaciones del Ejecutivo, que busca lesionar su independencia e imparcialidad.

Suscriben además:

Coordinadora Ecuatoriana de Organizaciones para la Defensa de la Naturaleza y el Medio Ambiente. CEDENMA.

Coalición de mujeres diversas y feministas de Chimborazo

Fundación Ecuatoriana Equidad

Esmeraldas Libre

Pacto por la Niñez y Adolescencia

Grupo Rescate Escolar

Coalición contra el Abuso escolar a la Niñez, COCASEN

La RUDA “FEMINISTA”

Fundación Pueblo y Vida

Colectivo Entretejidas


1 En la Asamblea Nacional se ha renombrado el proyecto como ley de transparencia social

2 Ver en: https://www.youtube.com/watch?v=dPik5vyVApo

3 Organización de hecho que articula a comunidades, pueblos y organizaciones en defensa del territorio, el agua, la semilla y la naturaleza en Ecuador.

4 Ver en: https://www.youtube.com/watch?v=4AWJigONIWk

5 Ver en: https://www.tiktok.com/@cronica_cuenca_/video/7533333219832352005

6 Señala que en Loma Larga hubo la primera consulta previa en Ecuador y que se demoraron lo que debieron demorarse

7 Ley de integridad pública. Décimo sexta disposición reformatoria.

8 La vocera del ejecutivo habla de “600 millones” en operaciones “inusuales” sin dar ningún sustento. Ver en: https://x.com/enindefension/status/1952403051874037875

9 Ver en https://insightcrime.org/es/noticias/nuevos-casos-de-corrupcion-en-las-fuerzas-de-seguridad-revelan-un-viejo-pro blema-en-ecuador/

10 Ver en: https://www.youtube.com/watch?v=WEveqtgjnCc

11 Ver en: https://planv.com.ec/investigacion/exsubsecretario-ministerio-defensa-exportadoras-opacas-de-oro/

12 Ver: https://www.primicias.ec/noticias/politica/teoria-narcopolitica-aterriza-escenario-ecuatoriano/

13 Ver: https://www.ecuavisa.com/la-noticia-a-fondo/guayaquil-policias-sustraen-cocaina-bodegas-antinarcoticos-NG932 9924

14 Ver en: https://www.swissinfo.ch/spa/allanan-oficinas-de-gobierno-de-ecuador-por-presuntas-irregularidades-en-licencias-mineras/87487573

15 Ver en: https://dspace.ucacue.edu.ec/items/52a011f3-89cb-494e-9179-72a6e0bc1ba4

16 Ver en: https://planv.com.ec/investigacion/plan-v-dorada-opacidad-ganan-premios-rey-de-espana/

17 Ver en: https://insightcrime.org/es/investigaciones/negocio-penitenciario-ecuador/

18 Ver: https://planv.com.ec/investigacion/contratistas-y-criminales-como-los-gdo-contratan-con-el-estado/

19 Ver en: https://www.primicias.ec/seguridad/primer-semestre2025-muertes-violentas-historia-ecuador-101329/

20 La madre del actual presidente de la república Anabella Azín fue asambleísta constituyente en Montecristi. https://www.expreso.ec/actualidad/asamblea-nacional-son-antecedentes-politicos-annabella-azin-231418.html

21 Entre julio de 2021 y diciembre de 2024 la Alianza ha registrado a 486 personas defensoras en riesgo de las cuales 342 han sufrido criminalización por sus actividades, siendo este un universo representativo de la situación

22 Ver en: https://www.eluniverso.com/noticias/politica/ministerio-del-ambiente-organizaciones-sociales-origen-de-recursosnota/

23 Ver en; https://planv.com.ec/historias/decreto-193-sigue-la-sombra-la-disolucion/

24 CCPR/C/ECU/CO/7. 4 de diciembre de 2024. Comité de Derechos Humanos. Observaciones finales sobre el séptimo informe periódico del Ecuador.

25 Ver en: https://planv.com.ec/historias/asi-cayo-la-corte-suprema-justicia-el-2004/

26 Ver en: https://www.elcomercio.com/actualidad/politica/asamblea-repeticion-congreso-luciogutierrez-destitucion/

27 Ver en: https://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/resumen_268_esp.pdf

28 Ver: https://x.com/radio_pichincha/status/1953136942511468961?t=a6B4coLTMISe6tap6o8L8g&s=19

29 Ver en: https://www.infobae.com/america/america-latina/2025/08/05/la-corte-constitucional-suspendio-articulos-clave-detres-leyes-de-daniel-noboa/

30 Ver en: https://www.primicias.ec/politica/ministra-gobierno-presidente-asamblea-corte-constitucional-leyes-seguridad-102 259/

31 Ver en: https://www.laprensa.com.ec/ministra-de-gobierno-zaida-rovira-critica/

32 Ver en: https://x.com/SRjudgeslawyers/status/1953095815548813374

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