- En una sentencia que no puede apelarse, la Corte Provincial de Pastaza confirmó que los indígenas Waorani no fueron consultados en 2012 sobre el bloque petrolero 22 en su territorio.
- Los jueces determinaron que el gobierno ecuatoriano no actuó de buena fe y engañó a las comunidades. Ordenó investigar a los funcionarios que estuvieron a cargo del proceso de consulta previa.
Ahora sí es definitivo. Los indígenas Waorani de Pastaza le cerraron la puerta a las actividades petroleras en su territorio luego de que la justicia ecuatoriana, en un fallo de segunda instancia conocido el pasado 11 de julio, reconociera nuevamente que las comunidades no fueron consultadas en 2012 sobre la futura licitación del bloque petrolero 22 que afecta algunos territorios ancestrales.
El 26 de abril la juezaEsperanza del Pilar Araujo Escobar ya había fallado a favor de los indígenas al indicar que el Estado no realizó consulta previa con ellos y por lo tanto, el bloque 22 ─con un tamaño cercano a las 200 000 hectáreas y que se superpone en un 16 % con territorios de 16 comunidades Waorani─ no puede ser licitado por ahora, al igual que cualquier otro proyecto extractivo que se quiera desarrollar allí.
En ese momento los indígenas celebraron la decisión pero inmediatamente el Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovables de Ecuador anunció que apelaría el fallo. La audiencia se dio el pasado 1 de julio y los Waorani se desplazaron hasta los estrados judiciales con la intención de defender el fallo de primera instancia.
La polémica se dio cuando conocieron que la única entidad estatal que apeló la sentencia fue el Ministerio del Ambiente. “El Ministerio del Ambiente debería estar a nuestro lado para proteger nuestros bosques de la explotación petrolera, pero son los que están peleando en contra”, dijo en ese momento Oswando Nenquimo, vocero de los Waorani de Pastaza. Pero, finalmente, las dudas y temores se disiparon el 11 de julio cuando la Corte Provincial de Pastaza ratificó el fallo de primera instancia.
Duros argumentos judiciales
“Por todo lo expuesto no cabe duda que para la realización de la consulta, previa e informada no se tomó en consideración los parámetros que la Corte indica por ejemplo en su apartado 172 (obligación estatal), tampoco se consideró la temporalidad o el momento oportuno de la consulta (apartado 180), se consideró a la consulta como un trámite formal, es decir; como una socialización cuando no lo es (apartado 186), no se tomó en consideración para la consulta a la comunidad pero desde sus tradiciones ancestrales (apartado 201), tampoco se realizaron los procesos de consulta previa en la forma del apartado (202)”, se lee en la sentencia de segunda instancia que invalida de manera definitiva el supuesto proceso de consulta de 2012 y todos los actos que de él se derivan.
En conclusión, el Estado ecuatoriano no podrá realizar ninguna actividad de licitación, exploración o explotación de hidrocarburos en las 180 000 hectáreas que conforman el denominado bloque 22. Si desea hacerlo deberá hacer nuevos procesos de consulta previa, pero la puerta parece estar cerrada con llave, ya que según le han dicho diversas fuentes a Mongabay Latam, los indígenas no tienen intención de aprobar ningún proyecto futuro.
«Le hemos demostrado al mundo que la vida es más importante que el petróleo. Unidos podemos proteger nuestra forma de vida, la selva amazónica y nuestro planeta de la destrucción», dice Nemonte Nenquimo, líder Waorani.
Para María Espinosa, abogada de las comunidades Waorani, el veredicto de la Corte de apelaciones valida que los Waorani tienen el derecho de decidir sobre sus vidas, su territorio y su futuro, “y que el Estado no puede imponer sobre ellos su agenda extractiva, pretendiendo pasar como consulta cualquier proceso burocrático”.
Espinosa asegura que este es un precedente para Ecuador y que la sentencia se convierte en una poderosa herramienta legal para proteger los territorios indígenas; donde se reconoce que los Pueblos tienen el conocimiento y la capacidad de gestionar y proteger sus territorios.
La sentencia es contundente pues reconoce explícitamente que los Waorani fueron engañados por el gobierno ecuatoriano. “(…) la consulta no fue realizada con buena fe, pues se pretendió engañar a los consultados sobre el objeto y alcance de la misma, y su objetivo jamás fue negociar un consentimiento real e informado. También demuestra que la consulta no fue intercultural, pues no se respetaron las estructuras internas de toma de decisión de la comunidad (…) fue un proceso defectuoso, con los tiempos mal planificados e insuficientes”.
De esta manera, la Corte de Pastaza negó la apelación del Ministerio del Ambiente y las pretensiones del Ministerio de Recursos Naturales No Renovables, que a pesar de no aparecer entre quienes objetaron el fallo de primera instancia, en abril pasado indicó que “a pesar de que se presentaron documentos, videos y se demostró el cumplimiento de todos los estándares, estos elementos no se tomaron en cuenta (…) continuaremos acorde a los recursos que corresponden, seguros de que la consulta fue llevada respetando los derechos de los pueblos y nacionalidades”.
Una alternativa para otras comunidades
La alegría de las poblaciones indígenas Waorani es total. La justicia ecuatoriana respondió positivamente a muchas de sus solicitudes. Por ejemplo, la Corte ordenó al Ministerio de Energía y Recursos Naturales No renovables y al Ministerio del Ambiente que capaciten a sus funcionarios en los derechos de autodeterminación y consulta previa, a fin de que sean implementados en todos los procesos hidrocarburíficos en donde se encuentren involucrados comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas. Así mismo, pidió la investigación, determinación de responsabilidades y sanción en contra de los funcionarios del ministerio encargados del proceso de consulta previa y envió copia de la sentencia a la Corte Constitucional para su conocimiento, selección y revisión.
Marlon Vargas, Presidente de la Confederación de Nacionalidades Indígenas de la Amazonía Ecuatoriana (CONFENIAE) asegura que la ratificación de la sentencia del pueblo Waorani de Pastaza es un hito en el proceso de lucha de todas las organizaciones amazónicas, del país y del mundo. “No solo confirma que de nuestro lado siempre estuvo la razón y sobretodo el corazón de un pueblo guerrero e indomable en defensa de su territorio, sino que sienta un precedente fundamental para todas las nacionalidades del centro-sur amazónico que en el año 2012 fueron vulneradas con la inconsulta ronda petrolera (donde se abrió la licitación para la explotación de 13 bloques en el suroriente de la Amazonía ecuatoriana). Hoy el Estado está en la obligación de reconocer su irresponsabilidad y frenar sus intenciones de negociar con nuestros territorios”.
Nemonte Nenquimo, líder Waorani, resume así la importancia del fallo judicial: “nuestros hijos y futuras generaciones van a vivir sanos, libres y alegres. El mensaje que puedo darle a otras nacionalidades es que nos unamos y hagamos un solo puño para defender nuestra selva. He visto las afectaciones que se han dado en otros lugares [norte de la Amazonía ecuatoriana] y cómo nunca se han recuperado y hoy siguen con enfermedades que antiguamente nunca hubo en nuestras casas”.
Por su parte, el Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovables emitió un comunicado en el que indica que la sentencia “no afecta, por ningún motivo, la producción petrolera del país”. También manifestó que el Bloque 22 no se encuentra asignado a empresas, que no está en los planes ningún proceso licitatorio y no se han iniciado actos administrativos para incluirlo en futuras rondas petroleras.
«El Ministerio está analizando la sentencia emitida con la finalidad de realizar las acciones legales correspondientes, respetando la normativa legal vigente y la Constitución de la República del Ecuador», indica el pronunciamiento oficial.
Ahora, la tarea de los indígenas Woarani es exigir que se cumpla la sentencia. “El estado no podrá explotar el bloque 22, ni ningún otro bloque de la Amazonía sur, porque todo lo que hizo allí es nulo por haber sido inconsulto y por haber engañado a los pueblos indígenas”, dice la abogada María Espinosa.
Aunque la historia no termina aquí, los indígenas ahora sí pueden afirmar que tuvieron una victoria pues este fallo de segunda instancia no es apelable. “Esta es la última instancia en este procedimiento y ahora la sentencia debe ser ejecutada y cumplida por el Estado”, sentencia Espinosa.
*Imagen principal: Foto: Jerónimo Zuñiga / Amazon Frontlines.